En el momento que una persona está en situación de desaparición. Provoca en sus familiares un gran tormento, mayor que el que sentirían si hubiese fallecido. Esto debido a la contante incertidumbre que les genera el desconocer las circunstancias por las que pueda estar atravesando su familiar en esos momentos.
Esta situación de consternación por intentar averiguar cualquier cosa sobre el desaparecido; se vuelve una batalla perseverante, que mueve a los familiares a buscar apoyo. En diversos sitios para obtener cualquier indicio que los lleve con el paradero de su familiar desaparecido.
En México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos; lleva un registro alrededor de 26 mil 25 personas desaparecidas en las 32 entidades del país. No obstante, no hay una certeza sobre la claridad y precisión relacionada a estas cifras en conjunto con otras dependencias gubernamentales. Debido a que no se conoce si se trata de casos de desapariciones intencionales, forzadas o personas extraviadas.
Quizá muchos desconozcan que en México se cuenta con un; protocolo homologado para llevar a cabo la búsqueda de personas desaparecidas que a su vez la indagación del delito de desaparición forzada; este último fue aprobado en agosto de 2015 por la mayoría en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.
Este protocolo intenta implementar los mismos principios para la investigación y búsqueda de personas desaparecidas, en todos los centros de procuración de justicia del país.
Para las familias puede resultar en frustración cuando se acercan por ayuda a cualquier autoridad y el funcionario público sugiere argumentos, en los que intenta minimizar o hasta justificar la desaparición de la persona, alegando la posibilidad de que esta haya tenido vínculos con el crimen organizado, o cualquier otro delito.
Desafortunadamente, en los ministerios públicos del país aún no se realizan buenas prácticas, o no se cumplen los tiempos fijados. Es de suma importancia saber que las primeras 24 horas de una desaparición son decisivas; para su búsqueda y localización, por lo tanto, el actuar de la autoridad deber ser pronto y expedito.
La colusión de la delincuencia y los servidores públicos en algunas entidades de la República Mexicana representa una un peligro para las familias que presentan una denuncia por desaparición.
Es justo puntualizar las responsabilidades que tiene las autoridades, el accionar dentro de las primeras 24 y después de las 72 horas de la desaparición de una persona, al igual que los derechos de los familiares de la persona desaparecida y los métodos que existen para la reparación del daño.
De esta manera; la asociación civil i(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C. En colaboración con la Cooperación Alemana al Desarrollo (GIZ). Presentaron la Guía Práctica sobre la aplicación del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas.
La guía que presentaron estas instituciones de manera muy general trata los temas que son de relevancia en estas situaciones y que todos debemos conocer, por ejemplo menciona las responsabilidades de las autoridades de acuerdo con el protocolo homologado, también las acciones que tienen que implementar los ministerios públicos entre las 24 y 72 horas de desaparición, así como después de estas últimas.
Es muy valioso tener en conocimiento esta guía. Debido a que cuando se presenta la desaparición de una persona; ayuda a aliviar la zozobra de los familiares, contar con el conocimiento de cómo enfrentar esta situación; con debido apego y apoyo de las leyes, incrementando la posibilidad de hallar a la persona que está desaparecida.
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